martes, junio 30

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE VECINOS LA ALMADRABA DE ELS POBLETS

 


ASOCIACIÓN DE VECINOS LA ALMADRABA DE ELS POBLETS

Fundada 1992

 

Partida Sorts de la Mar, Carrer 11, 31, (03779) Els Poblets, Alacant

Email: laalmadraba@gmail.com CIF G-03812203 www.la-almadraba.blogspot.com

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA

ASOCIACIÓN DE VECINOS LA ALMADRABA DE ELS POBLETS

 

Don Juan Luís Pérez de los Cobos, como presidente de la Junta directiva de la Asociación de Vecinos la Almadraba de Els Poblets, se dirige a usted como socio de la misma, para invitarle a la celebración de nuestra Asamblea General ordinaria correspondiente al presente ejercicio, la cual tendrá lugar en la Casa de la Cultura, C/ Mestre Vicente,5, Els Poblets el día 24 de julio de 2026 a las 19:00 h en primera convocatoria y a las 19:30 h en segunda convocatoria bajo el siguiente:

                            ORDEN DEL DÍA 

·         1 lectura y aprobación del Acta de la asamblea del año anterior

·         2 informe de las actividades de la asociación durante el último ejercicio

·         3 lectura y aprobación si procede de las cuentas económicas anuales del ejercicio 2025-2026

·         4 lectura y aprobación si procede del presupuesto de la asociación para el ejercicio 2026-2027

·         5 proyecto de regeneración y construcción de un espigón en la Playa de la Almadraba

·         6 estado de los recursos contenciosos contra la aprobación del deslinde de costas aprobado en septiembre del 2025

·         7 renovación de los cargos de la Junta directiva

·         8 ruegos y preguntas (invitados Alcalde D. José Luis Más Sola, concejala Dª Natalia CarrióTent, concejal de playas de Dénia, D. José Domenech)

NOTA: En la Asamblea se procederá a la actualización de los datos de los asociados para mejorar la comunicación con ellos y abandonar la correspondencia postal. Por ello pedimos que aquellos socios que no puedan asistir a la Asamblea envíen sus datos actualizados a la dirección laalmadraba@gmail.com (nombre completo, dirección en la playa, segunda dirección, teléfono móvil, correo electrónico), o rellenen el formulario adjunto y remítannoslo por la vía que crean más conveniente.

A la finalización de la asamblea se ofrecerá un vino de honor a los asistentes. Les agradecemos su asistencia

 

 

Firma Presidente

Els Poblets, 30 de Mayo de 2026

lunes, junio 1

Desde hoy 1 de junio queda prohibido el acceso de perros a las playas de Dénia durante la temporada de baño

La restricción estará vigente hasta el 31 de octubre, aunque se mantiene habilitado durante todo el año un espacio específico para mascotas en la Escollera Norte.

Las playas de Dénia entran desde hoy, 1 de junio, en la temporada alta de baño, lo que implica la aplicación de la normativa que prohíbe la presencia de perros y otros animales domésticos en todas las playas y calas del municipio hasta el próximo 31 de octubre.

La medida tiene como objetivo garantizar la seguridad, el uso adecuado de las zonas de baño y la protección de los espacios naturales durante los meses de mayor afluencia de residentes y visitantes.

La prohibición afecta al acceso, circulación, permanencia y baño de animales domésticos en todo el litoral dianense, salvo en el caso de perros de asistencia o aquellos destinados a labores de salvamento y auxilio.

Una excepción durante todo el año

No obstante, Dénia mantiene un espacio habilitado para quienes desean disfrutar del mar junto a sus mascotas. Se trata del tramo situado en la Escollera Norte, al sur del espigón ubicado detrás del puerto deportivo Marina El Portet, una zona frecuentada habitualmente por usuarios con perros y donde su presencia está permitida durante todo el año.

Protección ambiental y normativa vigente

La regulación de la presencia de perros en las playas de Dénia se basa tanto en la ordenanza municipal como en el Decreto 58/2018 del PATIVEL, que establece medidas de protección para la flora, la fauna y los ecosistemas litorales.

Además de la temporada de baño, existen zonas del litoral donde el acceso con perros está restringido permanentemente por su especial valor ambiental, como algunos tramos de Els Molins, Deveses y Punta Negra, considerados espacios de alta protección.

Durante el resto del año, fuera de la temporada estival, la presencia de perros sí está permitida en determinadas playas y periodos concretos, siempre que los animales permanezcan atados y bajo control de sus propietarios.

Desde el Ayuntamiento se recuerda la importancia de respetar la normativa vigente para favorecer el buen estado de las playas y garantizar una convivencia adecuada entre todos los usuarios.

Créditos: https://deniadigital.es/art/22762/desde-hoy-1-de-junio-queda-prohibido-el-acceso-de-perros-a-las-playas-de-denia-durante-la-temporada-de-bano

sábado, mayo 30

Ya ha entrado en vigor en España: la Ley de Costas prohíbe llevarse a casa arena y conchas de la playa y multa con hasta 60.000€ si hay un daño ecológico importante


LEGISLACIÓN

Existen conductas cotidianas que pueden acarrear sanciones económicas importantes

Redacción - Barcelona - Actualizado el 29/05/2026 16:29 CEST

Las playas españolas están sujetas a una normativa mucho más estricta de lo que muchos ciudadanos se pueden llegar a imaginar. Más allá de las prohibiciones habituales relacionadas con arrojar basura o acceder con animales domésticos, existen conductas cotidianas que también pueden acarrear sanciones económicas importantes (hasta los 60.000 euros).

Una de ellas es excavar en la arena. Aunque pueda parecer una actividad inocente y asociada al ocio veraniego, especialmente entre familias y niños, realizar agujeros de grandes dimensiones puede convertirse en un problema de seguridad y derivar en multas.

Las administraciones locales y estatales vigilan este tipo de prácticas debido al riesgo que pueden generar para otros usuarios de la playa. Los socavones profundos pueden provocar accidentes, caídas o lesiones, sobre todo durante la noche o en zonas con gran afluencia de personas.

Además, la legislación española contempla restricciones específicas relacionadas con la alteración del entorno natural costero. La Ley de Costas y su reglamento de desarrollo establecen límites claros sobre la extracción de elementos naturales del litoral, una práctica que en ocasiones está vinculada a quienes excavan en busca de conchas, arena o piedras.

En este sentido, desde Legálitas recuerdan que "se prohíbe la extracción de cualquier elemento del dominio público marítimo-terrestre. Además, llevarse estos elementos puede afectar negativamente el ecosistema de la playa, ya que las conchas y la arena sirven como refugio y hábitat para diversos organismos y ayudan a prevenir la erosión. Esta actividad puede conllevar una sanción de hasta los 60.000 euros según el valor del daño".

Las autoridades insisten en que estas normas no tienen únicamente un carácter sancionador, sino también preventivo y medioambiental. La finalidad es proteger unos espacios naturales especialmente sensibles durante los meses de verano, cuando millones de personas visitan el litoral español.

Créditos: https://www.mundodeportivo.com/actualidad/20260529/1004189111/entrado-vigor-espana-ley-costas-prohibe-jugar-arena-playa-dct-multa-60-000-euros-dct.html

sábado, marzo 14

Especie desprotegida

 En son de luz

Especie desprotegida

Ramón Puig de la Bellacasa Alberola

14/mar/26 - 14:40

El Consejo y el Parlamento Europeo han pactado el primer reglamento común para mejorar la trazabilidad y el bienestar de perros y gatos, imponiendo nuevas exigencias de identificación, cría y cuidado responsable, ello incluye la salud mental y la reducción de la ansiedad de las mascotas. En España es la Dirección General de Derechos de los Animales la encargada de las políticas públicas para la protección de los animales de compañía (perros, gatos, hurones, etc.) del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Todo esto es obviamente necesario, pues sabemos que hay numerosas mascotas que, cuando el niño al que se la regalaron crece y se desentiende y sus papás tienen otras cosas que hacer, el perro o el gato acaban en los campos o en las calles abandonados.

No obstante, me voy a referir a otra especie necesitada de protección, en este caso de la que compete al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Se da el caso de que su Dirección General de Costas ha iniciado en septiembre de 2025 un proceso de expropiación de parte de las parcelas y las propiedades situadas en primera línea de costa. Esta actuación se fundamenta en la revisión de los deslindes del litoral y afecta a viviendas construidas a lo largo de décadas, que contaban con todos los permisos administrativos preceptivos y cuyos propietarios han cumplido regularmente con sus obligaciones fiscales.

En la dicha Dirección General, que es parte de la lucha contra el “Reto Demográfico” parece producirse una particular interpretación del Demos, es decir de la población y sus retos. Pues, tras décadas de abandono de responsabilidades por parte de las sucesivas Administraciones Públicas y de errores y actuaciones en materia de infraestructuras de los sucesivos gobiernos, cargan la responsabilidad acumulada de sus decisiones y de sus consecuencias sobre propietarios que han cumplido de forma sistemática con la legalidad sin ser responsables de las malas prácticas administrativas y de las actuaciones de la propia Administración.

Como muestra, en la Playa de la Almadraba, situada en el municipio de Els Poblets, provincia de Alicante, dicha Dirección ha iniciado en septiembre de 2025 un proceso de expropiación de parte de las parcelas y las propiedades situadas en primera línea de costa. Esta actuación la fundamenta en la revisión de los deslindes del litoral y afecta a viviendas construidas a lo largo de décadas con todos los permisos administrativos preceptivos y cuyos propietarios han cumplido regularmente con sus obligaciones fiscales. Como consecuencia de este proceso, se traslada la Línea marítimo-terrestre invadiendo las parcelas privadas quedando todas ellas afectadas en mayor o menor grado, por el denominado Dominio Público estableciendo las siguientes servidumbres sobre la propiedad privada:

1. En los primeros seis metros desde la línea marítimo-terrestre, la obligación de demoler cualquier elemento que obstaculice el tránsito.

2. En los catorce metros siguientes, se permiten únicamente obras de mantenimiento, quedando expresamente prohibidas las obras de ampliación o aumento de volumen habitable, y dejando al criterio de la autoridad competente la autorización de intervenciones en casos de riesgo estructural.

En esas propiedades, reclasificadas como dominio público marítimo-terrestre, sus propietarios pierden la titularidad de la superficie afectada y pasan a ostentar la condición de concesionarios de ocupación del dominio público. Se les reconoce un derecho de ocupación por un periodo de treinta años, prorrogable actualmente hasta setenta y cinco años conforme al reglamento vigente —actualmente en proceso de revisión—, sin posibilidad de introducir mejoras ni medidas de protección frente a los efectos climáticos. Además, deberán asumir los costes de demolición de las edificaciones al término del periodo concesional que finalmente se determine.

Escribo sobre esta cuestión porque, aunque no me afecte, conozco la situación de numerosos propietarios y sus herederos, cuyas orillas fueron despojadas durante décadas de gravas y por tanto de protección contra la erosión a causa de embalses hoy colmatados por  los materiales necesarios para las playas,  materiales muchas veces incluso dragados del fondo de la costa o extraídos de las mismas playas para su uso barato en superficies industriales, o sustraídos en canteras junto a cursos fluviales. El colmo fueron las gravas vendidas a bajo precio a la industria por autoridades costeras, como está documentado en la citada playa de canto rodado alicantina en 1973, perjudicando la berma que la ha de proteger de la erosión y al equilibrio sedimentario de la zona, sin mencionar que la construcción irreflexiva de espigones de puertos de recreo ha alterado irremediablemente la circulación de los sedimentos necesarios.

Este es sólo un caso representativo de ese despojó que la Ley de Costas del «reto demográfico» ejerce sobre el «demos» de esos habitantes de nuestras costas y de sus herederos, que habrán de apechugar con los gastos que se sigan. Se quebrantan así normas legales, entre otras de la Ley 26/2007 de 23 de octubre de Responsabilidad Medioambiental y se ignoran los dictámenes de expertos que aconsejan una verdadera regeneración. Se protegerán pues otras especies, mascotas incluidas; pero en nombre de un reto demográfico y medio-ambiental se desprotege a nuestra especie.

Créditos: https://www.eldiariodemadrid.es/articulo/opinion/especie-desprotegida/20260314144016124413.html

miércoles, febrero 25

Consulta pública Temas Importantes Confederación Hidrográfica del Júcar

Esquema de temas importantes. Ciclo 2028-2033

​​​​     Con fecha 28 de noviembre de 2025, el Boletín Oficial del Estado ha publicado un anuncio que notifica la apertura del periodo de consulta del Esquema provisional de Temas Importantes del proceso de planificación hidrológica del ciclo 2028-2033. Siguiendo estas directrices, se ha procedido a publicar en esta página electrónica el documento "Esquema provisional de Temas Importantes de la Demarcación Hidrográfica del Júcar", de forma que cualquier persona interesada pu​eda contribuir, aportar o realizar las sugerencias oportunas.

      ​Con el objetivo de facilitar su comprensión y hacer más accesibles los contenidos de la versión completa del documento, se ha elaborado un Resumen ejecutivo del Esquema pro​visional de Temas Importantes. Ciclo 2028-2033.

Versión preliminar sometida a consulta​​

Esquema provisional de Temas Importantes. Ciclo 2028-2033

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La Asociación, dada la importancia de esta consulta para los intereses presentes y futuros de la playa Almadraba, pone a disposición de socios y vecinos un modelo de Alegación que tras su descarga puede modificarse al criterio de cada uno, rellenarse con los datos propios y enviarse a la Confederación Hidrográfica del Júcar

Dirección Física: Avda. Blasco Ibáñez, 48, 46010 - Valencia. 

Email General: contacto@chj.es.

O por medio de https://reg.redsara.es/es/ al epígrafe  EA0043776

Las alegaciones y aportaciones presentadas por e-mail o por correo postal no reportarán registro de entrada. Para conseguir registro de entrada se deberán presentar por Correo certificado o por https://reg.redsara.es/es/


Alegación propuesta por la Asociación de Vecinos la Almadraba de Els Poblets