lunes, junio 1

Desde hoy 1 de junio queda prohibido el acceso de perros a las playas de Dénia durante la temporada de baño

La restricción estará vigente hasta el 31 de octubre, aunque se mantiene habilitado durante todo el año un espacio específico para mascotas en la Escollera Norte.

Las playas de Dénia entran desde hoy, 1 de junio, en la temporada alta de baño, lo que implica la aplicación de la normativa que prohíbe la presencia de perros y otros animales domésticos en todas las playas y calas del municipio hasta el próximo 31 de octubre.

La medida tiene como objetivo garantizar la seguridad, el uso adecuado de las zonas de baño y la protección de los espacios naturales durante los meses de mayor afluencia de residentes y visitantes.

La prohibición afecta al acceso, circulación, permanencia y baño de animales domésticos en todo el litoral dianense, salvo en el caso de perros de asistencia o aquellos destinados a labores de salvamento y auxilio.

Una excepción durante todo el año

No obstante, Dénia mantiene un espacio habilitado para quienes desean disfrutar del mar junto a sus mascotas. Se trata del tramo situado en la Escollera Norte, al sur del espigón ubicado detrás del puerto deportivo Marina El Portet, una zona frecuentada habitualmente por usuarios con perros y donde su presencia está permitida durante todo el año.

Protección ambiental y normativa vigente

La regulación de la presencia de perros en las playas de Dénia se basa tanto en la ordenanza municipal como en el Decreto 58/2018 del PATIVEL, que establece medidas de protección para la flora, la fauna y los ecosistemas litorales.

Además de la temporada de baño, existen zonas del litoral donde el acceso con perros está restringido permanentemente por su especial valor ambiental, como algunos tramos de Els Molins, Deveses y Punta Negra, considerados espacios de alta protección.

Durante el resto del año, fuera de la temporada estival, la presencia de perros sí está permitida en determinadas playas y periodos concretos, siempre que los animales permanezcan atados y bajo control de sus propietarios.

Desde el Ayuntamiento se recuerda la importancia de respetar la normativa vigente para favorecer el buen estado de las playas y garantizar una convivencia adecuada entre todos los usuarios.

Créditos: https://deniadigital.es/art/22762/desde-hoy-1-de-junio-queda-prohibido-el-acceso-de-perros-a-las-playas-de-denia-durante-la-temporada-de-bano

sábado, mayo 30

Ya ha entrado en vigor en España: la Ley de Costas prohíbe llevarse a casa arena y conchas de la playa y multa con hasta 60.000€ si hay un daño ecológico importante


LEGISLACIÓN

Existen conductas cotidianas que pueden acarrear sanciones económicas importantes

Redacción - Barcelona - Actualizado el 29/05/2026 16:29 CEST

Las playas españolas están sujetas a una normativa mucho más estricta de lo que muchos ciudadanos se pueden llegar a imaginar. Más allá de las prohibiciones habituales relacionadas con arrojar basura o acceder con animales domésticos, existen conductas cotidianas que también pueden acarrear sanciones económicas importantes (hasta los 60.000 euros).

Una de ellas es excavar en la arena. Aunque pueda parecer una actividad inocente y asociada al ocio veraniego, especialmente entre familias y niños, realizar agujeros de grandes dimensiones puede convertirse en un problema de seguridad y derivar en multas.

Las administraciones locales y estatales vigilan este tipo de prácticas debido al riesgo que pueden generar para otros usuarios de la playa. Los socavones profundos pueden provocar accidentes, caídas o lesiones, sobre todo durante la noche o en zonas con gran afluencia de personas.

Además, la legislación española contempla restricciones específicas relacionadas con la alteración del entorno natural costero. La Ley de Costas y su reglamento de desarrollo establecen límites claros sobre la extracción de elementos naturales del litoral, una práctica que en ocasiones está vinculada a quienes excavan en busca de conchas, arena o piedras.

En este sentido, desde Legálitas recuerdan que "se prohíbe la extracción de cualquier elemento del dominio público marítimo-terrestre. Además, llevarse estos elementos puede afectar negativamente el ecosistema de la playa, ya que las conchas y la arena sirven como refugio y hábitat para diversos organismos y ayudan a prevenir la erosión. Esta actividad puede conllevar una sanción de hasta los 60.000 euros según el valor del daño".

Las autoridades insisten en que estas normas no tienen únicamente un carácter sancionador, sino también preventivo y medioambiental. La finalidad es proteger unos espacios naturales especialmente sensibles durante los meses de verano, cuando millones de personas visitan el litoral español.

Créditos: https://www.mundodeportivo.com/actualidad/20260529/1004189111/entrado-vigor-espana-ley-costas-prohibe-jugar-arena-playa-dct-multa-60-000-euros-dct.html

sábado, marzo 14

Especie desprotegida

 En son de luz

Especie desprotegida

Ramón Puig de la Bellacasa Alberola

14/mar/26 - 14:40

El Consejo y el Parlamento Europeo han pactado el primer reglamento común para mejorar la trazabilidad y el bienestar de perros y gatos, imponiendo nuevas exigencias de identificación, cría y cuidado responsable, ello incluye la salud mental y la reducción de la ansiedad de las mascotas. En España es la Dirección General de Derechos de los Animales la encargada de las políticas públicas para la protección de los animales de compañía (perros, gatos, hurones, etc.) del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Todo esto es obviamente necesario, pues sabemos que hay numerosas mascotas que, cuando el niño al que se la regalaron crece y se desentiende y sus papás tienen otras cosas que hacer, el perro o el gato acaban en los campos o en las calles abandonados.

No obstante, me voy a referir a otra especie necesitada de protección, en este caso de la que compete al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Se da el caso de que su Dirección General de Costas ha iniciado en septiembre de 2025 un proceso de expropiación de parte de las parcelas y las propiedades situadas en primera línea de costa. Esta actuación se fundamenta en la revisión de los deslindes del litoral y afecta a viviendas construidas a lo largo de décadas, que contaban con todos los permisos administrativos preceptivos y cuyos propietarios han cumplido regularmente con sus obligaciones fiscales.

En la dicha Dirección General, que es parte de la lucha contra el “Reto Demográfico” parece producirse una particular interpretación del Demos, es decir de la población y sus retos. Pues, tras décadas de abandono de responsabilidades por parte de las sucesivas Administraciones Públicas y de errores y actuaciones en materia de infraestructuras de los sucesivos gobiernos, cargan la responsabilidad acumulada de sus decisiones y de sus consecuencias sobre propietarios que han cumplido de forma sistemática con la legalidad sin ser responsables de las malas prácticas administrativas y de las actuaciones de la propia Administración.

Como muestra, en la Playa de la Almadraba, situada en el municipio de Els Poblets, provincia de Alicante, dicha Dirección ha iniciado en septiembre de 2025 un proceso de expropiación de parte de las parcelas y las propiedades situadas en primera línea de costa. Esta actuación la fundamenta en la revisión de los deslindes del litoral y afecta a viviendas construidas a lo largo de décadas con todos los permisos administrativos preceptivos y cuyos propietarios han cumplido regularmente con sus obligaciones fiscales. Como consecuencia de este proceso, se traslada la Línea marítimo-terrestre invadiendo las parcelas privadas quedando todas ellas afectadas en mayor o menor grado, por el denominado Dominio Público estableciendo las siguientes servidumbres sobre la propiedad privada:

1. En los primeros seis metros desde la línea marítimo-terrestre, la obligación de demoler cualquier elemento que obstaculice el tránsito.

2. En los catorce metros siguientes, se permiten únicamente obras de mantenimiento, quedando expresamente prohibidas las obras de ampliación o aumento de volumen habitable, y dejando al criterio de la autoridad competente la autorización de intervenciones en casos de riesgo estructural.

En esas propiedades, reclasificadas como dominio público marítimo-terrestre, sus propietarios pierden la titularidad de la superficie afectada y pasan a ostentar la condición de concesionarios de ocupación del dominio público. Se les reconoce un derecho de ocupación por un periodo de treinta años, prorrogable actualmente hasta setenta y cinco años conforme al reglamento vigente —actualmente en proceso de revisión—, sin posibilidad de introducir mejoras ni medidas de protección frente a los efectos climáticos. Además, deberán asumir los costes de demolición de las edificaciones al término del periodo concesional que finalmente se determine.

Escribo sobre esta cuestión porque, aunque no me afecte, conozco la situación de numerosos propietarios y sus herederos, cuyas orillas fueron despojadas durante décadas de gravas y por tanto de protección contra la erosión a causa de embalses hoy colmatados por  los materiales necesarios para las playas,  materiales muchas veces incluso dragados del fondo de la costa o extraídos de las mismas playas para su uso barato en superficies industriales, o sustraídos en canteras junto a cursos fluviales. El colmo fueron las gravas vendidas a bajo precio a la industria por autoridades costeras, como está documentado en la citada playa de canto rodado alicantina en 1973, perjudicando la berma que la ha de proteger de la erosión y al equilibrio sedimentario de la zona, sin mencionar que la construcción irreflexiva de espigones de puertos de recreo ha alterado irremediablemente la circulación de los sedimentos necesarios.

Este es sólo un caso representativo de ese despojó que la Ley de Costas del «reto demográfico» ejerce sobre el «demos» de esos habitantes de nuestras costas y de sus herederos, que habrán de apechugar con los gastos que se sigan. Se quebrantan así normas legales, entre otras de la Ley 26/2007 de 23 de octubre de Responsabilidad Medioambiental y se ignoran los dictámenes de expertos que aconsejan una verdadera regeneración. Se protegerán pues otras especies, mascotas incluidas; pero en nombre de un reto demográfico y medio-ambiental se desprotege a nuestra especie.

Créditos: https://www.eldiariodemadrid.es/articulo/opinion/especie-desprotegida/20260314144016124413.html

martes, marzo 3

La Asociación de Vecinos La Almadraba presentará una alegación al proyecto de regeneración de la playa de la Alamadra

 

La Asociación de Vecinos La Almadraba presentará una alegación al proyecto del MITECO

La Asociación de Vecinos La Almadraba de Els Poblets informa a todos sus socios y vecinos de que presentará una alegación en contra de la alternativa seleccionada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) en el proyecto de "Recuperación del tramo comprendido entre el primer espigón de Les Deveses y la Punta de la Almadraba, en el término municipal de Dénia", actualmente sometido al trámite de información pública.

Tras analizar la documentación técnica del proyecto, la Junta Directiva considera que la alternativa elegida no responde de manera adecuada a las necesidades de protección y conservación de nuestro litoral y puede tener consecuencias negativas para la playa de La Almadraba y su entorno.

Por este motivo, la Asociación defenderá una postura crítica mediante la presentación de una alegación fundamentada, con el objetivo de que el Ministerio reconsidere la solución propuesta y valore otras alternativas que ofrezcan mayores garantías para la estabilidad de la costa y la protección de los intereses de los vecinos.

Invitamos a todos los socios a conocer el contenido del proyecto y a seguir las actuaciones que la Asociación llevará a cabo durante este proceso de participación pública.

La documentación completa del proyecto puede consultarse en la página oficial del MITECO:

Proyecto "Recuperación del tramo comprendido entre el primer espigón de Les Deveses y la Punta de la Almadraba"

La Asociación mantendrá informados a todos los socios sobre la evolución de este procedimiento y las acciones que se adopten en defensa de nuestro litoral.

lunes, marzo 2

“Recuperación del tramo comprendido entre el primer espigón de les Deveses y la punta de la Almadraba en el T.M. de Denia (Alicante)”

 

Anuncio del Servicio Provincial de Costas en Alicante para información pública del Proyecto “Recuperación del tramo comprendido entre el primer espigón de les Deveses y la punta de la Almadraba en el T.M. de Denia (Alicante)” y código de expediente: 03-0549.

Consulta:

Cerrado

Carácter de la consulta:

Información pública_ otros documentos

Resumen

Con fecha de 30 de enero de 2026 se ha informado por la Subdirección General para la Protección de la Costa de la Dirección General de la Costa y el Mar, favorablemente el proyecto “Recuperación del tramo comprendido entre el primer espigón de les Deveses y la punta de la Almadraba en el T.M. de Denia (Alicante)” con código de expediente: 03-0549 y su correspondiente estudio de impacto ambiental. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el 45 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y 98 del Reglamento General de Costas, aprobado mediante Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se someten a información pública, durante un plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Esta actuación se encuentra sometida a evaluación de impacto ambiental ordinaria, teniendo como promotor y órgano sustantivo a la Dirección General de la Costa y el Mar, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Dicha documentación podrá consultarse en días hábiles en horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 horas en las oficinas del Servicio de Provincial de Costas de Alicante, situado en la Plaza de la Montañeta, 5, Alicante o en esta página donde se encuentra a disposición a fin de que cualquier persona o entidad pueda presentar las observaciones o alegaciones que estime oportunas dentro del plazo citado, según los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al mencionado Servicio y citando las referencias que aparecen en este anuncio.

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el jueves, 12 de febrero de 2026 hasta el jueves, 26 de marzo de 2026

Anexos

Proyecto

Estudio de Impacto Ambiental

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